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  • Consulta : 260552
  • Autor : Lic. Cervantes
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  • Autor
    Respuesta No: 376626

  • Lic. Cervantes
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Estimado Consultante Alejandro:

               En atención a su consulta, le informo que efectivamente, su cuenta no puede ser bloqueada por petición de una Institución crediticia, en virtud de que no puede disponer de su capital por decisión propia, sin embargo, le informo que existe la figura jurídica de INMOVILIZACIÓN DE CUENTAS BANCARIAS, dicha resolución judicial únicamente puede ser solicitada por un agente del Ministerio Público a un Juez como providencia precautoria, para la reparación de un daño, pero para ésto, Usted debe aparecer como Inculpado en la comisión de un delito y haberse iniciado una Carpeta de Investigación en su contra.

                Por ende, lo mejor es que se acerque a la Comisión Nacional para la Protección de los Derechos de los Usuarios Financieros (CONDUSEF) a efecto de solicitar apoyo en su causa, ya que es ilegal la inmovilización de su cuenta bancaria, habida cuenta de que únicamente puede ser solicitada por un agente del Ministerio Público, previa denuncia en su contra.

                Sin mas por el momento, quedo a sus órdenes.

            A T E N T A M E N T E.

    Lic. Mario Delfino Cervantes López.

    Contacto: Correo Electrónico: LicenciadoCervantes (arroba) h o t m a i l . com