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  • Consulta : 260362
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 376567

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si usted renuncia voluntariamente, sólo tiene derecho al pago de las vacaciones, prima vacacional y aguinaldo proporcionales, así como la prima de antigüedad, a razón de 2 días de salario por cada año de servicios; sin embargo, para el cálculo del salario con se paga, se toma como máximo el equivalente a 2 salarios mínimos del área geográfica en que usted presta sus servicios, y no el salario que devenga.