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  • Consulta : 260042
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 376390

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Evidentemente sí ya que el registrar dos veces a un hijo se tipifican delitos contra la filiación de las personas. Además el padre no tiene por qué demandarle la paternidad ya que existe un acta de nacimiento en la que aparece como tal. Usted no puede demandar pensión ya que el hijo es mayor de edad y si no lo hizo en su momento es acto consentido.