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AutorRespuesta No: 376390
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Fecha de respuesta: Jueves 19 de Marzo de 2015 17:43 2015-03-19 17:43 desde IP: 189.217.1.14
Evidentemente sí ya que el registrar dos veces a un hijo se tipifican delitos contra la filiación de las personas. Además el padre no tiene por qué demandarle la paternidad ya que existe un acta de nacimiento en la que aparece como tal. Usted no puede demandar pensión ya que el hijo es mayor de edad y si no lo hizo en su momento es acto consentido.
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