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  • Consulta : 259875
  • Autor : Lic. Cervantes
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    Respuesta No: 376281

  • Lic. Cervantes
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Estimado Consultante Guest:

                  En atención a su consulta, le informo que efectivamente, el delito de CONTRA LA SALUD, EN SU MODALIDAD DE POSESIÓN SIMPLE DE CANNABIS SATIVA L., MEJOR CONOCIDA COMO MARIHUANA, aun NO HA PRESCRITO, ya que todos los delitos (exceptuando los de querella) prescriben en un término mínimo de 3 años a partir de que se realizó la conducta delictuosa, por ende, si es posible iniciar una averiguación previa en su contra, sin embargo, después de cohechar (nombre que se le da al delito de sobornar, ésto es, ofrecer o solicitar dádivas a cambio de un hacer o dejar de hacer, con respecto a las actividades de servidores públicos, en éste caso, el policía) al policía, al elemento policiaco no le conviene iniciar un parte informativo y puesta a disposición en éste momento en su contra, en virtud de que se le preguntará que por que no lo hizo en el momento de los hechos, máxime que han pasado 3 meses desde el hecho delictuoso y éste que tenía de obligación jurídica de ponerlos a disposición a Usted y su amigo desde el momento en que conoció el hecho delictuoso, por lo tanto, a mi juicio, el elemento policiaco no procederá en su contra.

                  Sin mas por el momento, quedo a sus órdenes.

    A T E N T A M E N T E.

    Lic. Mario Delfino Cervantes López.

    Contacto: Correo Electrónico: LicenciadoCervantes (arroba) h o t m a i l . com

                       Teléfono: 044-55-48-77-88-38.