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Fecha de respuesta: Sábado 14 de Marzo de 2015 21:11 2015-03-14 21:11 desde IP: 189.242.136.189
Marcomcmix:
Habría que explicarle a los consultantes con un poco más de detalle los alcances jurídicos involucrados cuando se dice: “””-Si puedes darla de alta como beneficiaria-“””, sobre todo respecto de la condiciones generales como pueden ser una supuesta viudez, ya que el interesado de la duda por la que acude a este Foro, pudiera pensar que a la actual esposa le darían como "beneficiaria" por ejemplo una pensión por viudez si fallece el esposo.
Estas respuestas a medias y al vapor siempre voy a cuestionarlas
SALUDOS
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