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  • Consulta : 259496
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Su suposición respecto a que la persona que lo pudo haber denunciado sobornó a un juez para que librara una orden de aprehensión en su contra es errónea, ya que los órganos jurisdiccionales no giran órdenes de captura si no se encuentran satisfechos ciertos requisitos constitucionales y legales en el pliego de consignación del agente del Ministerio Público.

    En caso que exista una orden de esa naturaleza en su contra, quienes se encargarán de ejecutarla serán elementos del grupo de aprehensiones de la policía ministerial o de la Procuraduría General de Justicia en el Estado, quienes le presentaran el mandamiento respectivo y lo pondrán a disposición del juez que lo haya librado interno en el cento de reclusión.

    Asístase de abogado especialista en Derecho Penal, a fin de que una vez que cuenta con información más completa, pueda sugerirle la estrategia más adecuada para su defensa, inclusive antes de que se cumplimente la orden de aprehensión.