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  • Consulta : 259144
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Puede usted demandar del padre de sus hijas el pago de la pensión alimenticia, pero no en forma retroactiva.

    Dicha demanda puede promoverla en representación de sus 2 hijas, dado que en tanto ninguna haya cumolido la mayoría de edad, usted tiene la representación legal de las menores, y presentada la demanda, es irrelevante que cualquiera de ellas cumpla 18 años; si se decide a demandar hata que la mayor haya cumplido 18 años, entonces solamente podrá usted reclamar la pensión para la hija menor, y la mayor tendrá que hacerlo por sus propios derechos.