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AutorRespuesta No: 375872
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Fecha de respuesta: Miércoles 11 de Marzo de 2015 10:33 2015-03-11 10:33 desde IP: 187.176.101.171
Puede usted demandar del padre de sus hijas el pago de la pensión alimenticia, pero no en forma retroactiva.
Dicha demanda puede promoverla en representación de sus 2 hijas, dado que en tanto ninguna haya cumolido la mayoría de edad, usted tiene la representación legal de las menores, y presentada la demanda, es irrelevante que cualquiera de ellas cumpla 18 años; si se decide a demandar hata que la mayor haya cumplido 18 años, entonces solamente podrá usted reclamar la pensión para la hija menor, y la mayor tendrá que hacerlo por sus propios derechos.
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