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  • Consulta : 258801
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si usted renuncia voluntariamente y considerando que señala que ya le pagaron sus vacaciones, sólo le corresponde la parte proporcional de aguinaldo 2015.

    En cuanto a las utilidades, primero tendría que esperar a que la empresa presente su declaración correspondiente al ejercicio fiscal 2014, y que de dicha declaración se desprenda que las tuvo; después, aguardar a que se llegue la fecha prevista en la Ley Federal del Trabajo para que el patrón tenga que cubrirlas, y sólo hasta entonces podría demandar el pago de las que le correspondieran.