Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 258758
  • Autor : Primus Tribunus
  • Consultas en Foro: 14
  • Respuestas en Foro: 2384
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6727
  • : 22 %
  • : 77 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 375746

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Lic. Raúl Cadena (Cordiales saludos):

    Busqué la consulta anterior que mencionas y se relaciona con un asunto y un consultante totalmente diferentes a la en que nos encontramos.

    Adexx:

    Diga usted a los abogados de la señora clienta que deben regresar a la escuela a estudiar derecho, porque en primer lugar el delito sería el de abuso de confianza y no de fraude, pwero en segundo lugar tenemos que se trata de un delito de querella necesaria y se trataría de un delito que ya está prescrito, toda vez que prescribe en un año conforme establece el artículo 121 del Código Penal de Hidalgo.

    En otras palabras, que los abogados dejen de hacerle al tonto y le digan a la señora que ya no se puede hacer nada.