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AutorRespuesta No: 375731
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Fecha de respuesta: Sábado 07 de Marzo de 2015 17:05 2015-03-07 17:05 desde IP: 187.176.101.171
Al organizar usted un paseo al que invitó a varias personas que no son sus parientes, dejó entonces de tener ese carácter de "familiar"; asimismo, usted, como "organizador" que se obligó a garantizar a los paseantes al menos los servicios de hospedaje y transportación, se convirtió en un proveedor, es decir, en un prestador de servicios turísticos que, por tanto, quedaba obligado a cumplir con las obligaciones que le impone la Ley Federal de Protección al Consumidor, entre otros, dado que admitió pagos en parcialidades, fue el de contar con un contrato de prestación de servicios previamente aprobado y sancionado por la propia Profeco, en el que se estipularan las condiciones y requisitos que se aplicarían en caso que cualquiera de las personas interesadas resolvieran cancelar su participación y decidieran no realizar el viaje.
El no contar con ese contrato debidamente sancionado por la Profeco, lo sujeta a usted a las multas que al efecto establece la legislación de la materia, las que corresponden con independencia que sus clientes hayan realizado o no el viaje; del mismo modo, al no estipular usted condiciones de cancelación y determinar las sanciones económicas para que se retractara y negarse injustificadamente por tanto a efectuar la devolución de los anticipos recibidos, lo deja sujeto a diversa multa, con independencia que, precisamente la falta de cláusulas que establdecieran sanciones a quien cancelada, convierte su decisión de negarse a la devolución de dichos anticipos en un acto ilícito e ilegal, que da derecho a su cliente, no solamente a presentar, como lo hizo, su queja ante la Profeco, sino también a deduir en su contra acciones legales de carácter mercantil e, inclusive penal.
Lo anterior, con independencia que, además de que será constreñido a devolver ese dinero recibido, lo obligará a cubrir la multa o multas a que se ha hecho acreedor, honorarios de abogados que se verá precisado a contratar para su defensa, accesorios que igualmente deberá cubrir y muchas otras erogaciones, pues definitivamente, en el caso que plantea, el consumidor, contrario a lo que usted estima, SI TIENE TODA LA RAZÓN.
Consecuentemente, es recomendable que devuelva los $ 3,000.00 que le adelantaron, ya que si persiste en su negativa, al final segunramente tendrá que desembolsar muchos miles de pesos más, pues solamente las multas de la Profeco, dependiendo de cuál sea la infracción o infracciones que le atribuya, podríasllegar a ascender a la cantidad de $ 3´887,919.91.
Y la próxima veaz que se le ocurra organizar un viaje de esa naturaleza, primero asesórese y conozca cuáles son las obligaciones legales que adquiere, y las consecuencias que le acarreará su incumplimiento a la ley.
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