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AutorRespuesta No: 375546
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Fecha de respuesta: Miércoles 04 de Marzo de 2015 10:51 2015-03-04 10:51 desde IP: 187.176.101.171
Si usted fue contratado por obra determinada, desde un principio conocía que al concluirse dicha obra terminaría su relación laboral, por lo que no tiene derecho a una liquidación, sino a un finiquito, que comprende el pago de los salarios devengados a la fecha de terminación del contrato, y la parte proporcional de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo.
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