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  • Consulta : 258137
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 375462

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    La concubina para poder heredar, necesita demostrar que vivió con el de cujus en los últimos cinco años anteriores a su muerte, pero además menciona que su mamá se casó, por lo que es obvio que no puede reclamar ninguna herecia de su padre salvo que éste hiciera testamento y la nombrara heredera, pero si murió intestado es claro que sólo Usted como hijo único puede ser nombrado heredero.

    Necesita de abogado especialiasta en la materia, sólo cuídese de los coyotes, incluidos los de este foro que se la pasan publicando datos de contacto que nadie les ha pedido y violentando las reglas de etiqueta. Cuídate a ti mismo y mucho ojo.