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Fecha de respuesta: Lunes 02 de Marzo de 2015 02:38 2015-03-02 02:38 desde IP: 189.217.0.206
Aunque Usted no señala en donde se encuentra ya que Aguascalientes es la entidad que la página da en automático, su Ip señala que se encuentra en el DF. En la ciencia del derecho no se trata de querer o no querer, sino de demostrar los hechos o excepcionarese aportando pruebas. Si su pareja reconoció a su hijo sabiendo que no es el padre biológico, contaba con sesenta días para demandar la controversia de paternidad con la prueba de ADN, prueba a la que Usted no está en condiciones de decidir si se aplica o no. Por otra parte el aduleterio ni es delito ni causal para perder la guardia y custodia de su hijo y mucho menos la Patria Potestad y además la única forma de acreditarlo es con el acta de nacimiento de un hijo nacido fuera del matrimonio. Usted afirma que tiene cuatro meses de casada con un hijo de un año de nacido, por lo que el padre perdió el derecho para demandar la controversia de paternidad, pero tampoco puede usted limitarle las convivencias con su hijo ya que si él cumple con los alimentos por lo que es claro que tiene derecho a convivir con su hijo reconocido, quítese de la idea de que Usted quiere o no quiere, y hágase al hecho de que él puede o no.
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