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AutorRespuesta No: 375366
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Fecha de respuesta: Sábado 28 de Febrero de 2015 11:27 2015-02-28 11:27 desde IP: 187.176.101.171
Usted está obligado solamente a dar alimentos a su hija, los que tendrán que ser proporcionales a sus posiblidades económicas, por lo que deberán ascender a un 15% i 20% de los ingresos que usted obtenga, sean salarios y prestaciones, o de otro origen.
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