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  • Consulta : 257888
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 375365

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    La toca en artículo, es la que se forma con motivo del recurso interpuesto en contra de un auto o sentencia interlocutoria, que no resuelve el fondo del asunto; por el contrario, la Toca definitiva es la que promueve en contra de la sentencia definitiva que resuelve el fondo del negocio.

    Por ejemplo, si se recurre un auto en el que el juez se declara imcompetente y se inhiba de seguir conociendo del asunto, la admisión del recurso dará lugar a la formación de una toca en artículo.

    Si la inconformidad es en relación a la sentencia de primera instancia, se forma una toca en definitiva.