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  • Consulta : 257874
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 375355

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    El que sea usted puesto en posesión del inmueble debe de solicitarlo al juez  a tráves de su abogado y desde luego por las circunstancias que usted menciona en su consulta dicha posesión sera bajo las más esctricta de usted su abogado le explica, aahh por último ni se le ocurra meterse por su propia cuenta al inmueble, esto último me recuerda un video de Hitler en una pagina de videos.