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Fecha de respuesta: Domingo 22 de Febrero de 2015 15:45 2015-02-22 15:45 desde IP: 187.176.101.171
Presente su queja ante la Delegación del Registro de Despechos de Cobranza en su localidad, ya que tanto las Instituciones financieras como los despachos de cobranza que contrate, por ley tienen expresamente prohibido, entre otras acciones, amenazar, ofender o intimidar al Deudor, sus familiares, compañeros de trabajo o cualquier otra persona que no tenga relación con la deuda; tealizar gestiones de cobro a terceros, incluidas las referencias personales y beneficiarios, con excepción de Deudores solidarios o avales, No será aplicable lo señalando en el presente inciso, tratándose de un primer contacto que tenga por objeto hacer del conocimiento de los Deudores, los datos de identificación y contacto de los Despachos de Cobranza; enviar documentos que aparenten ser escritos judiciales u ostentarse como representantes de algún órgano jurisdiccional o autoridad; establecer registros especiales, distintos a los ya existentes, listas negras, cartelones, o anuncios, que hagan del conocimiento del público la negativa de pago de los Deudores o realizar las gestiones de cobro, negociación o reestructuración con menores de edad o adultos mayores, salvo que en el último supuesto se trate de los Deudores.
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