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  • Consulta : 257102
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 375059

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Efectivamente, el arrendador no puede por sí mismo y sin una orden judicial, ingresar al local y sacar las pertenencias del arrendatario, ya que si lo hace, comete el delito de despojo de inmueble, ya que en virtud del contrato de arrendamiento, otorgó la posesión legítima del inmueble al inquilino.

    Lo que debe hacer, es asistirse de abogado especialista en Derecho Civil, a fin de que presente la demanda reclamando la rescisión del contrato, el pago de las rentas vencidas y las que se sigan venciendo hata la desocupación del local, la entrega material y jurídica del mismo y el pago de los gastos y costas del juicio.