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AutorRespuesta No: 375059
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Fecha de respuesta: Sábado 21 de Febrero de 2015 09:09 2015-02-21 09:09 desde IP: 187.176.101.171
Efectivamente, el arrendador no puede por sí mismo y sin una orden judicial, ingresar al local y sacar las pertenencias del arrendatario, ya que si lo hace, comete el delito de despojo de inmueble, ya que en virtud del contrato de arrendamiento, otorgó la posesión legítima del inmueble al inquilino.
Lo que debe hacer, es asistirse de abogado especialista en Derecho Civil, a fin de que presente la demanda reclamando la rescisión del contrato, el pago de las rentas vencidas y las que se sigan venciendo hata la desocupación del local, la entrega material y jurídica del mismo y el pago de los gastos y costas del juicio.
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