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AutorRespuesta No: 375054
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Fecha de respuesta: Sábado 21 de Febrero de 2015 02:59 2015-02-21 02:59 desde IP: 187.188.72.17
Estimado Consultante:
Primeramente le sugiero que no acuda a citas en despachos particulares y mucho menos firmar documentos de ninguna indole, si usted invadió o esta invadiendo desde hace tiempo propiedad pública le deben demandar una Acción reivindicatoriay hasta que exista una sentencia judicial usted se verá obligado a acatar las ordenes del juez en la materia, antes de eso, diga que si pero no diga cuando o simple y sencillamente diga que no.
No se deje intimidar, quedo a sus ordenes para cuestiones futuras.
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