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  • Consulta : 257014
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 374984

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si la casa perteneció a sus abuelos, los 4 hijos que procrearon tienen los mismos derechos hereditarios, con independencia de que su papá haya habitado el inmueble.

    Cualquiera de los 4 puede denunciar el juicio sucesorio intestamentario a bienes de sus abuelos, indicando la existencia de los otros hermanos para que sean debida y legalmente notificados del inicio de la sucesión, de forma tal que a quien le interese, salga a deducir sus derechos hereditarios.

    Al final, los mienes que conforman la masa hereditaria, entre ellos la casa, será adjudicada a los hermanos que comparezcan, y respecto del inmueble, efectivamente la mayoría puede decidir que se venta, y que el producto se reparta en la parte que a cada uno le corresponda.

    Como puede advertir entonces, ni usted ni su papá pueden escriturar a su nombre la casa, porque el hecho que haya pagado los servicios, que finalmente él es quien se ha servido de ellos, no le da ningún derecho mayor al que ya le señalé.