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Fecha de respuesta: Viernes 20 de Febrero de 2015 12:44 2015-02-20 12:44 desde IP: 189.217.151.233
Buenos existen varias opciones la primera la prescripcion de buena fe acreditando con un titulo con el cual se ostentan en el inmueble o en su defecto seria la de mala fe si no se cuenta con algun documentos, asi como tambien se puede tocar la parte de un otorgamiento de escritura.
Si tienes alguna duda nos ponemos a sus ordenes
Alejandro Barroso
Tel despacho 47.56.98.42
Tel nextel 36.19.84.09
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