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AutorRespuesta No: 374967
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Fecha de respuesta: Jueves 19 de Febrero de 2015 21:36 2015-02-19 21:36 desde IP: 201.141.158.108
Para poder prescribir bienes inmuebles debes de demostrar la causa generadora de la posesion, la cual debe de fundarse en un titulo. Esta figura juridica se basa en los supuestos en los cuales se tiene un titulo objetivamente valido pero que sufre de un vicio que no permite poseer con total derecho en cuanto a propiedad. Por ejemplo, cuando se vende con un titulo apocrifo y el comprador desconoce tal hecho, y toda vez que la adquisision en ese supuesto se realizo de buena fe, el comprador puede validamente entablar un juicio de prescripcion, siempre que se actualicen los supuestos que contemplan los ordenamientos juridicos para tal efecto, que sin embargo, deben de estar forzosamenrte fundados en justo titulo.
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