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AutorRespuesta No: 374125
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Fecha de respuesta: Viernes 06 de Febrero de 2015 22:33 2015-02-06 22:33 desde IP: 201.141.121.142
heribertocarino_NR
Si su señor padre aparece como propietario del inmueble en el Registro Público de la Propiedad olvidese de intentar usucupir el inmueble, lo procedente es tramitar el juicio sucesorio, en este supuesto alejese lo más que pueda de quien o quienes le expresen que puede prescribir el inmueble a menos de que usted quiera pasarse de listo.
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