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  • Consulta : 255367
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 374125

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    heribertocarino_NR

    Si su señor padre aparece como propietario del inmueble en el Registro Público de la Propiedad olvidese de intentar usucupir el inmueble, lo procedente es tramitar el juicio sucesorio, en este supuesto alejese lo más que pueda de quien o quienes le expresen que puede prescribir el inmueble a menos de que usted quiera pasarse de listo.