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  • Consulta : 254179
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Asístase de un abogado especialist en Derecho Familiar y demande de la madre y de la persona que registró a su hijo como padre biológico, el desconocimiento de la paternidad, para lo cual deberá ofrecer, desahogar (y por supuesto pagar los honorarios correspondientes), la prueba pericial en genética; si de ella de acredita que usted es el padre biológico y no la persona que como tal lo registró, el Juez, en la Sentencia, ordenará al Registro Civil que haga las anotaciones correspondientes en el acta de nacimiento del menor y se levante la de reconocimiento y, además, a usted lo condenará a pagar, por conducto de la madre, alimentos retroactivos para el niño desde su nacimiento, y los subsecuentes hasta que concluya sus estudios profesionales.