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  • Consulta : 254038
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si, solamente que debe hacerlo a través de una cesión ordinaria, lo que sujeta a la persona que adquiera el documento, a todas las excepciones y defensas legales que podrían oponésele a usted, lo que resulta un inconveniente para quien pretendiera adquirirlo.

    Además, al transmitirse a través de una cesión ordinaria, deberán cumplirse todos y cada uno de los requisitos que para dicha figura jurídica establece el Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la materia mercantil; es decir, la cesión deberá ser firmada tanto por el cedente como por el cesionario y 2 testigos, y notificar al deudor de la misma antes de que pueda entablarse la demanda, y que si no se hce de esa forma, el demandado podrá defenderse en el juicio invocando como excepción la relativa a que el título no es negociable.