- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 253990
- Autor : Lic. Anguiano
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 211
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6727
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 373188
-
Fecha de respuesta: Viernes 23 de Enero de 2015 12:15 2015-01-23 12:15 desde IP: 201.102.72.247
Buenas tardes:
No, no puede hacerlo, para ello tendría la tenedora del pagaré iniciar un juicio ejecutivo mercantil para embargar la propiedad y seguir todo un proceso que culminará con el remate de la misma, en dado caso, la señora solo recibiría la parte que le corresponde y la diferencia se la entregarían a Usted.
Por otra parte las escrituras de dicha propiedad, no le sirven para nada a su acreedora, salvo que se las haya endosado en garantía, Ud. puede denunciar ante el MP, la perdida de ese testimonio notarial y solicitar al notario que le emita otro.
Es importante saber la fecha en que firmó ese pagaré, es un dato muy importante.
Espero que esta información le haya sido de utilidad.
Saludos Cordiales.
Lic Anguiano
-
Autor





