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  • Consulta : 253940
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 373157

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    El Impuesto Sobre Loterías Rifas Sorteos y Consursos es de carácter federal y local, y claro está que las tasas impositivas varían entre la Federación y en cada Estado, pero en términos generales se establece que el organizador deberá pagar una tasa del ocho por ciento de los ingresos por el sorteo y debe retener una tasa del seis por ciento al ganador del premio. Ahora bien, pudiera ser que los organizadores también le quieran retener el ISR pero Usted debe solicitar le entreguen la contancia de retención para que puede hacer deducciones. Solicite que le desglosen los conceptos por los que le quieren retener esa cantidad o acuda a la Procuraduría Fiscal del D.F., para que le asesoren.