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  • Consulta : 253936
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Los únicos salarios que fueron incrementados a partir del 1 de enero, son los mínimos generales y los mínimos profesionales.

    Si en su empresa usted devenga un salario superior al mínimo, ya sea general o profesional, entonces el patrón no está obligado a concederle ningún incremento salarial.