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Fecha de respuesta: Jueves 22 de Enero de 2015 13:14 2015-01-22 13:14 desde IP: 187.206.118.239
Buenas tardes:
Usted puede demandar a ea persona por daño moral, y de acreditarse, la Sra. quendá obligada que pagar en dinero la reparación del daño, ademas de publicar una disculpa pública o hacerlo de viva voz en el medio social donde se cometieron los actos difamatorios.
Espero que esta información le haya sido de utilidad.
Saludos Cordiales
Lic. Anguiano
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