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  • Consulta : 253455
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 372894

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Las hijas y la viuda debe de tramitar el juicio sucesorio  para que una vez que acrediten su derecho para ser declaradas herederas y nombren de común acuerdo o por mayoria de votos un albacea, mientras usted puede consignar la renta mediante un billete de deposito para no incurrir en mora, asistase de abogado.