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AutorRespuesta No: 372872
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Fecha de respuesta: Domingo 18 de Enero de 2015 21:46 2015-01-18 21:46 desde IP: 201.141.135.142
El Código Fiscal del D.F., y su equivalente en cada Entidad Federativa, pero no se haga ilusiones ya que la Secretaría de Finanzas y en particular la Procuraduría Fiscal del D.F., son juez y parte y por lo tanto en cualquier momento le podrán exhibir un requerimiento de pago que interrumpe la prescripción.
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