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AutorRespuesta No: 372852
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Fecha de respuesta: Domingo 18 de Enero de 2015 00:40 2015-01-18 00:40 desde IP: 201.141.132.14
Usted cuenta con quice o cuarenta y cinco días hábiles para interponer el juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, y eso dependiendo del monto, ya que de conformidad a las recientes reformas si la suerte principan no supera los mil días de salario mínimo el asunto se debe tratar como sumario y son quince días, si lo supera serán cuerenta y cinco días.
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