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  • Consulta : 253273
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 372852

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Usted cuenta con quice o cuarenta y cinco días hábiles para interponer el juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, y eso dependiendo del monto, ya que de conformidad a las recientes reformas si la suerte principan no supera los  mil días de salario mínimo el asunto se debe tratar como sumario y son quince días, si lo supera serán cuerenta y cinco días.