Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 253063
  • Autor : Barristerdefende
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 240
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 7305
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 372743

  • Barristerdefende
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Los menores de doce años deberán quedar al cuidado de la madre, excepto en los casos de
    violencia familiar cuando ella sea la generadora o exista peligro grave para el normal desarrollo de los hijos. No será obstáculo para la preferencia ma ternal en la custodia, el hecho de que la madre
    carezca de recursos económicos.
    III.- El Juez de lo Familiar resolverá teniendo presente el interés superior de los hijos, quienes serán escuchados, las modalidades del derecho de visita o convivencia con sus padres.
     
     
    Esto debes demostrarlo, para tal efecto se debe realizar un estudio socioeconomico tanto de la madre como del nucleo familiar, asi como estudios psicologicos a las partes al menor y a los miembros de la familia donde se pretenda vivira el menor.
     
     
     
    Asesoría jurídica sin costo, te ayudamos a resolver cualquier problema legal o a hacer diversos trámites ante dependencias gubernamentales, llámanos!!!

    E-Mail: cjcastaneda_ivan

    Lic. Ivan Hernandez Castañeda
    Tel. 62586643
    Oficina: 59371989
    Whatsapp: 5562586643