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  • Consulta : 252756
  • Autor : ulloa88
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  • Autor
    Respuesta No: 372633

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    bueno pues todo apunta a que perderá la apelaciuón y luego ira al amparo y tambien lo perderá pero para eso habrá pasado ya casi 1 año.

    Que hacer entonces? 

    Acuda al Ministerio Público y presente una denuncia de los hechos.... el MP lo citará y le hara saber que esta cometiendo el delito de resistencia de particulares, retensión de menores, y los quye resulte.... que es indebido que el retenga al menor .... Una vez que el Magistrado o en su defecto el Juez de Distrito le dieren la razon en caso de tenerla... será hasta entonces cuando él podrá negarse a entregar al menor pero solo hasta entonces... en este momento hay una sentencia que le niega su peticion por lo que AMBOS CONYUGES ostentan la patria potestad y no se ha pronunciado un Juez sobre quien tendrá la guarda y custodia de los menores por lo que ..DEBE ENTREGARLO

    Saludos