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Fecha de respuesta: Martes 13 de Enero de 2015 15:36 2015-01-13 15:36 desde IP: 189.163.87.244
bueno pues todo apunta a que perderá la apelaciuón y luego ira al amparo y tambien lo perderá pero para eso habrá pasado ya casi 1 año.
Que hacer entonces?
Acuda al Ministerio Público y presente una denuncia de los hechos.... el MP lo citará y le hara saber que esta cometiendo el delito de resistencia de particulares, retensión de menores, y los quye resulte.... que es indebido que el retenga al menor .... Una vez que el Magistrado o en su defecto el Juez de Distrito le dieren la razon en caso de tenerla... será hasta entonces cuando él podrá negarse a entregar al menor pero solo hasta entonces... en este momento hay una sentencia que le niega su peticion por lo que AMBOS CONYUGES ostentan la patria potestad y no se ha pronunciado un Juez sobre quien tendrá la guarda y custodia de los menores por lo que ..DEBE ENTREGARLO
Saludos
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