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AutorRespuesta No: 372604
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Fecha de respuesta: Lunes 12 de Enero de 2015 15:19 2015-01-12 15:19 desde IP: 189.249.205.233
Buenas tardes, realmente aqui lo primero es atender la demanda como tal ya que su omisión puede traerle problemas posteriores y en todo caso que salga condenada a pagar segun los terminos en que haya fijado la demanda; no lo deje pasar, los trabajadores domesticos tienen los mismos derecho que cualquier otro trabajador salvo por algunas excepciones que la propia ley del trabajo señala, sin embargo es menester comparecer en la fecha en que hayan señalado su audiencia. Quedo a sus ordenes para cualquier duda o asesoria al 55.22.54.96.67. Suerte
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