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Fecha de respuesta: Miércoles 07 de Enero de 2015 17:18 2015-01-07 17:18 desde IP: 201.141.100.154
El actual albacea debe mostrale a usted el nombramiento de albacea en copia certificada por el juzgado donde se tramita el juicio sucesorio. Hecho lo anterior debera pagarale a este la renta para no incurrir en mora.
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