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  • Consulta : 251381
  • Autor : raulcadena
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No indica usted si se encuentra casada o no con el padre de su hijo.

    No obstante ello, la circunstancia que usted se encuentre embarazada por otra persona, no es causa suficiente para que pierda la guarda y custodia de su hijo, ni tampoco para que el menor deje de tener dercho a recibir alimentos de su padre.

    Asístase de abogado especialista en Derecho Familiar. y en caso que se niegue a proporcionar alimentos al niño, presente la querella ante el agente del Ministerio Público, ya que el incumplimiento a las obligaciones alimentarias constituye un delito sancionado con pena de prisión; ya verá que cuando este interno en un reclusorio, para que pueda obtener su libertad tendrá que pagar las pensiones vencidas y garantizar, al menos, las subsecuentes de un año.