Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 251380
  • Autor : raulcadena
  • Consultas en Foro: 3
  • Respuestas en Foro: 6188
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 372164

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si lo despidieron injustificadamente, usted tiene derecho a las siguientes prestaciones:

    3 meses de salario por concepto de indemnización constitucional;

    12 días de salario por cada año de servicios prestados, por concepto de prima de antigüedad, prestación que se paga no con su salario, sino con el equivalente a 2 salarios mínimos del lugar en que prestó sus servicios;

    Vacaciones y prima vacacional correspondientes al último año de servicios cumplidos, en caso que no se las hayan otorgado;

    vacaciones y prima vacacional proporcionales al tiempo trabajado a partir de la fecha en que cumplió años de servicios, hasta el día del despido;

    Aguinaldo 2014, en caso que no se lo hayan pagado a más tardar el 20 de diciembre;

    Salarios y prestaciones ordinarias devengadas y no pagadas al momento del despido.

    Los 20 días que usted señala por cada año de servicios, solamente le corresponderían si usted demanda la reinstalación con motivo del despido injustificado y el laudo le es favorable.

    No firme ningún recibo, finiquito, liquidación o cualquier otro documento que le exija la empresa si no se encuentra en ese momento asistido de un abogado especialista en Derecho Laboral, o en todo caso, antes de que transcurran 2 meses, contados a partir de la fecha del despido, presente su demanda porque de no hacerlo, su derecho prescribe.