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Fecha de respuesta: Sábado 27 de Diciembre de 2014 17:21 2014-12-27 17:21 desde IP: 189.211.135.22
Conel debido respeto, es claro que el Licenciado Uriel Fuentes no fue capaz de comprender su consulta, a pesar que claramente de la misma se desprende que elplanteamiento que usted hacer es relacionado con un juicio de alimentos, no con una demanda laboral.
Al consultante:
En primer lugar, debo decirle que el abogado que lo está asistiendo, obviamente desconoce el derecho procesal en materia de alimentos.
Se sostiene lo anterior, porque si el Juez que conoce del juicio de alimentos instaurado en su contra, fijo una pensión alimenticia provisional equivalente al 80% de sus ingresos, dicha pensión es excesiva, tal y como usted acertadamente lo reconoce; sin embargo, considerando que esa determinacióin judicial es inatacable a través de cualquiera de los medios de impugnación ordinarios, debió interponer juicio de amparo indirecto para combatirla, paralo cual tenía 15 días hábiles, contados a partir de la fecha en que se le hizo a usted el primer descuento, si se realizó antes de que fuera notificado y emplazado a juicio, o bien, a partir de dicho emplazamiento.
Desafortunadamente, al no haber atendido usted a su adecuada defensa, ahora tendrá que esperar a que concluya el juicio y se dicte sentencia, resolución en contra de la cual, tampoco procede recurso ordinario alguno, conforme a lo señalado en el artículo 372, dekl Código Procesal de Aguascalientes, por lo que deberá combatirla mediante el juicio de amparo directo, en caso que el porcentaje que se determine por concepto de pensión definitiva, sea el mismo que para la provisional.
Asimismo, usted no indica si, al contestar la demanda, ofreció elementos probatorios para acreditar no solamente que usted estaba cumpliendo con el pago de alimentos para su cónyuge e hijos, sino también cuáles son sus propias necesidades que, igualmente debe solventar, pues el Juez debió considerar sus propias necesidades alimenticias.
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