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  • Consulta : 251228
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 372013

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    No... Pero como no celebraron un contrato serio... Formal... Te obligaste tácitamente ... Lo viable es que le regreses su dinero... Saques tus escrituras... Y no le vendas.... Quien pone las condiciones de venta es el vendedor... No el comprador....y si tiene recibo de ese dinero... Hasta al bote te puede meter... Ya que tu no eres dueño de nada... Y tu no puedes vender tu parte... Porque no eres dueño de nada hasta que este escriturada e inscrita en el registro público... Toda inscripcion es declarativa... No constitutiva... Esto quiere decir... Que no eres titular de un derecho y no puedes vender lo que no es tuyo...