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AutorRespuesta No: 372011
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Fecha de respuesta: Miércoles 24 de Diciembre de 2014 18:55 2014-12-24 18:55 desde IP: 189.234.190.208
Tu finiquito... Es... Pago de tu aguinaldo.... Vacaciones en los términos de ley... Prima vacacional... Nada mas... Y si te deben salarios devengados y no pagados.... En ese momento ... En el del despido... Te los debieron dar... Acude a la Procuraduría de la defensa del trabajo... Ellos te resolverán de urgencia... Entre febrero y marzo...
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