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  • Consulta : 251209
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 372029

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Para todo esto... Debes tener a mano los recibos de pago de las rentas..ñ sin ellos no tienes nada... Ningún derecho de los antes descritos... Y ante la amenaza... Debes guardar tus recibos y consignar las rentas siguientes en un juzgado... Sin un juicio de promedio... No ouede de ninguna forma... Pedirte la desocupación y entrega del inmueble... El lanzamiento sin permiso de un juez... O el cambio de chapas y cerraduras... Si te da la figura penal referida... Despojo... Nada puede hacerse sin la presencia de una demanda ante juez competente para conocer y resolver de este asunto...