- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 251122
- Autor : Barristerdefende
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 240
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 371889
-
Fecha de respuesta: Lunes 22 de Diciembre de 2014 18:05 2014-12-22 18:05 desde IP: 189.241.197.192
Buenas tardes,
Al momento de iniciar el divorcio debe la parte actora o bien ambos si lo inician de mutuo acuerdo, un convenio en el cual deben manifestar varios puntos, como pro ejemplo quien detentara la guarda y custodia de los menores hijos, los alimentos, los dias de visita, etc, y entre dicho acuerdo o propuesta deben manifestar la forma en la que se hara la liquidacion de la sociedad conyugal. El Divorcio de hecho se decreta casi de inmediato, junto con pension alimenticia y guarda y custodia, Si no llegaren a un acuerdo, la liquidacion se hara por la via incidental , aqui lo importante es ponderse de acuerdo, ya que de no ser asi , el juez puede ordenar la venta de los inmuebles, y entregar de manera equitativa el monto de la venta judicial. Ahora bien tal y como lo plantea su marido si es posible que decidan que los bienes permanezcan en coopropiedad, ya que no hay impedimento legal al respecto.
Si requiere asesoria personalizada o apoyo en su juicio de divorcio, por favor llamenos al 59371989 o al 62586643 o via whatsapp 5562586643 y 5528193188. Atencion con el Lic. Ivan Hernandez Castañeda.
-
Autor





