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  • Consulta : 250447
  • Autor : marcomcmlx
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  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Decía

    A menos que en tu trabajo hayas estado expuesta a sustancias, químicos o condiciones que afecten tu sistema respiratorio va a ser difícil que se califique como riesgo de trabajo para pensionarte con una IPT (no dices a qué se dedica la empresa ni cuales eran tus funciones).

    Si se considera que tu enfermedad no es de trabajo lo que procede es una posible pensión por invalidez.

    Hay una gran diferencia entre el monto de una y otra.

    Ahora, en caso de darte de baja tienes un período de conservación de derechos de dos años y medio, si en ese tiempo el IMSS no te dictamina la invalidez, no podrás pensionarte.

    Por eso yo creo que lo primero que debes hacer es acudir a denunciar el despido injustificado y paralelamente dar aviso en el IMSS de la negativa y despido por parte de tu patrón y conocer son las consecuencias con respecto a tu atención médica.

    Por último y solo como dato, en caso de que tu enfermedad sea por causas del trabajo y no se te reconozca así, tienes dos años para demandar.