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  • Consulta : 250049
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 371308

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Le explico los medios preparatorios son para obtener del presunto demandado una confesion de hechos que argumenta el presunto actor esto es previo al juicio, debe asisitir a la fecha de la audiencia que señala la cédula de notificación, lo anterior es un acto previo para posterioemnte demandarle la acción reinvidicatoria,es decir, la entrega y desocpuación del inmueble y en su caso el pago de rentas por ocupar el inmueble. No esta demás comentarle que desde este momento se asista de abogado de su confianza.