- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 249689
- Autor : garovalo
- Consultas en Foro: 34
- Respuestas en Foro: 23202
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6727
-
: 76 % -
: 23 %
-
AutorRespuesta No: 370966
-
Fecha de respuesta: Miércoles 03 de Diciembre de 2014 20:20 2014-12-03 20:20 desde IP: 189.234.144.95
A ver... Es tu concubina... O fue tu concubina... Por lo que ... Si ella trabajaba dentro de la relación... No tiene derecho a pension... Pero tu no dices pension...insistes en compensación económica... Figura que se entiende que es la cantidad económica que ella tiene. Derecho a recibir por el tiempo que vivieron juntos ... De tu perorata.ñ. No nos dices nada..ñ nos distraes... Como se generó la pension... Por demanda... Por convenio???... Como???... Ya que si es por demanda y sentencia... Puedes pedir que ya que esta trabajando y ya que tiene pareja... Y solo que esta le mantenga... Ya no tiene derecho a recibir de ti dinero... La casa... No es parte del acto... Solo que se haya convenido así... Pero si no lo es... Puedes pedir la desocupación y entrega de esta... Pero si es garantía del pago de la pension... No... Y delito... No no hay delito alguno... Y mucho menos puedes pedir que te regrese la lana que tu le diste o que te descuentan... Sea en convenio o sea por sentencia... Tus actos de venganza... Tu coraje.. No es parte del derecho adquirido ... Por lo que no puedes denunciar este hecho al juez... Y esto no engendra un delito... Y tampoco puedes dejar de hacer el pago.... Hasta que el juez así lo designe... Pero regresarte el dinero... No... Por ninguna causa....
-
Autor





