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AutorRespuesta No: 370857
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Fecha de respuesta: Lunes 01 de Diciembre de 2014 14:58 2014-12-01 14:58 desde IP: 189.209.88.150
Claro que ustedes pueden demandar con el pagare que les firmo, además de que les pagaran el total se acumulan intereses, si ya estan vencidos los pagares, se debe presentar una demanda en la vía ejecutiva mercantil, vía precautoria se embargan bienes que en este caso considero viable sean los coches y su negociacion, asi como cuentas bancarias.
Estamos a sus ordenes.
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