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Fecha de respuesta: Viernes 28 de Noviembre de 2014 20:24 2014-11-28 20:24 desde IP: 189.211.135.22
Su finiquito estará en función de la fecha en que renuncie.
Si lo hace antes de que cumpla 15 años, solamente le corresponderán las partes proporcionales vacaciones, prima vacacional y aguinaldo.
So renuncia DESPUÉS de cumplir 15 años, además tendrá derecho al pago de la prima de antigüedad, que consiste en 12 días de salario por cada año de servicios prestados, que se paga con el doble del salario mínimo, no con su salario real.
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