Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 249184
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
  • Consultas en Foro: 1
  • Respuestas en Foro: 8785
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6726
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 370653

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Guarde el dinero para el caso de que ejerzan la acción cambiaria directa (que le demanden por el pagaré), en el momento en que el Ejecutor del Juzgado exhortado en Nayarit le requiera del pago, exhibe el dinero en ese momento. Debe considerar que le cobrarán intereses pero se ahorrará el vieje a la Cd. de México, pero lo más importante es que no le podrán embargar.