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  • Consulta : 249053
  • Autor : Rosario Navarro
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  • Vox Populi: Política: Derecho: 0 Anecdotario: 0
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  • Autor
    Respuesta No: 370550

  • Rosario Navarro
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Buenas tardes, en este caso, quien tenga las escrituras no importa, sino a nombre de quien estan registradas en el Registro publico de la propiedad, si su padre puso la propiedad a nombre de su hermana y registró ese acto en el Registro Publico de la propiedad, no tiene porque decir que si ella les puede quitar la casa, ya que entonces, ella es la unica propietaria de la casa y lo que usted comenta del trato de buena fe, desafortunadamente al no ser un acto plasmado en un documento, no tiene validez. Acudan al registro publico de la propiedad a revisar a nombre de quien está y si está a nombre de su padre, que revoque el acto por el cual cedio los derechos a su hermana, si no fue por compravente, podrá revocar la cesion de derechos por la ingratitud de esta ante un notario publico y registrar a su nombre en el registro publico de la propiedad